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¿Qué pasará con las personas que no se empadronaron para las elecciones judiciales?

Terminó el plazo del empadronamiento masivo y cientos de personas se quedaron sin poder registrarse y, por lo tanto, no podrán participar en las elecciones judiciales previstas para el 1 de diciembre de este año.

Sin el certificado de sufragio no podrán acceder a cargos públicos. Tampoco realizar trámites bancarios ni obtener pasaporte, durante 90 días, después de los comicios. Así lo establece el artículo 154 de la Ley 026 de Régimen Electoral.

“Los ciudadanos que no logren emitir su voto no podrán obtener el certificado de sufragio y sin el documento no podrán realizar transacciones financieras. Tampoco acceder a cargos públicos ni tramitar pasaporte durante 90 días posteriores a los comicios, como establece la norma”, dijo a La Razón el director nacional del Servicio de Registro Cívico (Serecí), David Dávila.

Estas sanciones están establecidas en el artículo 154 de la Ley 026 de Régimen Electoral.

El director dijo que el lunes se hará el relevamiento de datos sobre la cantidad de personas que se empadronaron.

AMPLIACIÓN

A pesar de la ampliación dispuesta por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), cientos de personas no alcanzaron a registrarse. Varias denunciaron que algunos puntos cerraron la atención antes de la hora prevista, 18.30.

Dávila dijo que, en otras regiones, como Santa Cruz, los funcionarios registraron a las últimas personas hasta las 14.00 de este domingo.

A partir del martes, el Serecí volverá a habilitar el empadronamiento permanente con miras a las elecciones generales de 2025.

El funcionario estima que en abril del próximo año se repetirá el empadronamiento masivo, por lo que recomendó a las personas que cumplan 18 años de edad hasta el 17 de agosto de 2025, día previsto para los comicios electorales, y quienes cambien de domicilio, acudan a las oficinas del Serecí.

FUENTE: LA RAZÓN

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